Sentencia de Patricia Gurpegui

Sentencia condenado delito violencia de género

Fallo:
Condenando a como autor criminalmente responsable de un delito de coacciones del art. 172,2 del CP, ya definido, a la pena de NUEVE MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo, y la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros, su domicilio o su lugar de trabajo durante 1 año y 9 meses, y de comunicarse por cualquier medio, igualmente durante 1 año y 9 meses y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 1 año y 9 meses, debiendo indemnizar la cantidad de 800€, y con condena al pago de las costas, que incluirán las de la acusación particular.

Se suspende durante dos años el cumplimiento de la pena de prisión impuesta condicionado a no cometer delito alguno durante este periodo, a comunicar cualquier cambio de domicilio, a respetar las prohibiciones de comunicación y aproximación impuestas, a pagar la responsabilidad civil y a la realización de un curso formativo en materia de maltrato, bajo apercibimiento de que el incumplimiento de cualquiera de estas condiciones podrá determinar la revocación de la suspensión concedida.

Comentario de Patricia Gurpegui:

Logramos una sentencia condenatoria por violencia de género para nuestra clienta. La mujer nos llamó de noche para que la asistiéramos desde el primer momento con la interposición de la denuncia en Comisaría, donde la asesoramos jurídicamente y la tranquilizamos explicándola qué iba a suceder después.

Al día siguiente la asistimos en el Juzgado de Violencia durante el Juicio Rápido, donde conseguimos que la dieran una orden de protección, lo que la dio una tremenda paz a la víctima.

Meses después se celebró el juicio, y gracias a toda la prueba que habíamos aportado hasta el momento, la ex pareja acabó asumiendo las peticiones de prisión que solicitábamos y fue condenado por un delito de coacciones  a nueve meses de prisión, pago de la indemnización, y prohibición de aproximarse y comunicarse con la victima por 1 año y 9 meses.